ResumenEl Servicio de Impuestos Internos postergó hasta el 1 de noviembre de 2026 la entrada en vigencia de la Resolución Exenta N°154, que exige nuevos campos obligatorios en las guías de despacho electrónicas y en las facturas que respaldan el traslado de bienes, datos del chofer y transportista, patente del vehículo, origen y destino detallados, clasificación del tipo de despacho y más, además de crear un Registro de Guías de Despacho que el SII usará para fiscalizar en tiempo real; para compañías medianas y grandes con operaciones logísticas activas, esto es un cambio estructural en el formato DTE v2.5 que exige que el ERP capture, valide y transmita esta información sin fricción, porque el Artículo 97 del Código Tributario castiga los documentos incompletos con multas de entre el 50% y el 500% del monto de la operación y el riesgo operativo real no es la multa: es el camión detenido en ruta.
Si tu empresa traslada mercancías, ya sea por ventas, movimientos entre bodegas, consignaciones o devoluciones, la guía de despacho es un documento que probablemente das por resuelto. Con la Resolución Exenta N°154, publicada por el SII en noviembre de 2025, eso deja de ser cierto.
La resolución modifica el Formato DTE v2.5 y endurece la estructura de las guías de despacho electrónicas y de las facturas que amparan el traslado de bienes corporales muebles afectos a IVA. El objetivo declarado del SII es reforzar la trazabilidad del movimiento de mercancías y reducir la evasión tributaria y el comercio ilegal de bienes. En la práctica, eso se traduce en más campos obligatorios, validaciones más estrictas y un cruce de información entre lo que dice el documento y lo que efectivamente se mueve en el camión.
No es un cambio menor ni aislado. Solo en 2023 se emitieron en Chile más de 695 millones de documentos tributarios electrónicos, y las guías de despacho son una porción crítica de ese universo, especialmente en retail, manufactura, distribución y agroindustria.
La normativa debía entrar en vigencia el 1 de mayo de 2026. En abril de ese año, el SII publicó la Resolución Exenta N°52, que postergó su aplicación seis meses, hasta el 1 de noviembre de 2026. La prórroga respondió a la complejidad técnica de los cambios exigidos en la estructura XML de los DTE y a la presión de gremios como la CNC, que llevaba meses en diálogo con el SII para ajustar la aplicación práctica de la norma a la realidad operativa de sectores como comercio y logística.
Aquí está el punto que muchos equipos de finanzas están leyendo mal, ya que la prórroga no es una señal de que el cambio se va a seguir postergando indefinidamente. Es el margen que el propio SII reconoció que las empresas necesitaban para adaptar sistemas y procesos. Si tu equipo de TI, tu área tributaria y tu operación logística todavía no se han sentado a mapear el impacto, noviembre está más cerca de lo que parece.
La subsección de Transporte del DTE incorpora campos nuevos y ajusta las condiciones de uso de otros. Estos son los que tu sistema debe capturar y validar antes del 1 de noviembre:
Además, la resolución crea el Registro de Guías de Despacho, administrado por el SII, donde deberán quedar registradas tanto las guías electrónicas como las emitidas en papel. Mientras ese sistema no esté completamente operativo, tu empresa deberá mantener un registro digital propio y conservar las guías en papel por un mínimo de seis años.
La regla que más va a exigir disciplina operativa es esta: una guía de despacho equivale a un despacho y a un vehículo. Cambios de último minuto, como que se reemplaza el chofer, cambia el vehículo, se ajusta el destino, son exactamente el escenario donde la mayoría de las empresas va a fallar si su ERP no está preparado para sostener esa exactitud en tiempo real.
El incumplimiento no es una falta administrativa menor. El Artículo 97 del Código Tributario chileno sanciona la emisión de documentos tributarios con información incompleta o incorrecta con multas que van del 50% al 500% del monto de la operación involucrada.
Pero la multa, para una empresa mediana o grande, rara vez es el costo más caro. El riesgo inmediato es operativo, ya que un documento incompleto puede detener un camión en ruta, generar rechazos de documentos y paralizar la cadena de distribución justo cuando necesitas velocidad. En sectores con alto volumen de despachos, retail, manufactura, distribución, agroindustria, eso se traduce directamente en pérdida de ventas, incumplimiento de SLA con clientes y horas de tu equipo apagando incendios administrativos en lugar de operando el negocio.
No basta con tener un ERP, necesitas uno que integre nativamente los nuevos esquemas XML/DTE que exige el SII, sin que tu equipo tenga que parchar procesos con planillas paralelas o complementos externos.
Un ERP preparado para la Resolución N°154 debe permitirte:
Esto es exactamente lo que resuelve Informat ERP, tu operación de ventas, logística y facturación conectada en un solo sistema, para que el cumplimiento tributario sea un resultado del proceso y no una carrera contra el reloj cada vez que el SII actualiza una resolución.
¿Cuál es la fecha límite real para cumplir con la Resolución N°154 del SII? El 1 de noviembre de 2026. Originalmente la norma entraba en vigencia el 1 de mayo de 2026, pero el SII otorgó una prórroga de seis meses mediante la Resolución Exenta N°52, publicada en abril de 2026.
¿A qué empresas afecta esta normativa? A toda empresa que traslade bienes corporales muebles dentro de Chile, sin importar su tamaño. Esto incluye a quienes trabajan con transporte tercerizado, múltiples puntos de entrega, bodegas distribuidas o alta rotación logística, con mayor exposición en retail, manufactura, distribución y agroindustria.
¿Qué pasa si mi empresa no cumple con los nuevos requisitos a tiempo? Se exponen a multas de entre el 50% y el 500% del monto de la operación bajo el Artículo 97 del Código Tributario, además de riesgos operativos como el rechazo de documentos o la detención de mercancía en ruta durante una fiscalización.
¿Basta con actualizar el software de facturación, o necesito cambiar de ERP? Depende de si tu sistema actual puede incorporar de forma nativa los nuevos campos y validaciones del Formato DTE v2.5. Muchos ERP tradicionales tienen limitaciones estructurales para capturar toda la información exigida, lo que obliga a evaluar un complemento externo o un ERP que integre nativamente estos requisitos.
¿Qué información nueva debo incluir en cada guía de despacho? Nombre y RUT del chofer, RUT del transportista, patente del vehículo y remolque, dirección completa de origen y destino, cantidad/peso/volumen de la mercadería, descripción comercial exacta, precio unitario cuando corresponda, y la clasificación del tipo de despacho entre las ocho categorías definidas por el SII.
¿Debo seguir conservando las guías de despacho en papel? Sí, mientras el Registro de Guías de Despacho del SII no esté completamente operativo, las empresas que emitan guías en papel deben mantener un archivo digital con la información mínima requerida, conservado por un mínimo de seis años.
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