Resumen
2026 trajo tres cambios normativos que las empresas chilenas no pueden pasar por alto: el aumento gradual de la retención de boletas de honorarios, la exigencia de acreditar el inicio de actividades para operar con marketplaces y bancos, y las nuevas obligaciones del SII para guías de despacho electrónicas bajo la Resolución Exenta N°154, postergadas hasta el 1 de noviembre de 2026. Este artículo revisa cada cambio, a quién afecta y qué pasos concretos debe tomar una empresa para llegar preparada sin apuros de última hora.
2026 llegó con varios ajustes normativos que las empresas chilenas no pueden pasar por alto. Desde cambios en la retención de boletas de honorarios hasta nuevas exigencias del Servicio de Impuestos Internos (SII) para guías de despacho electrónicas, el foco de la autoridad tributaria está puesto en más formalización, más trazabilidad y más control digital sobre las operaciones comerciales.
Para un CEO o un CFO, estos cambios tienen impacto directo en procesos de RRHH, logística, TI y finanzas. Ignorarlos hasta el último momento significa enfrentar ajustes bajo presión, con el riesgo de errores, multas o fricciones operativas evitables. Revisamos los tres cambios más relevantes de este año y qué hacer para llegar preparado.
Desde el 1 de enero de 2026, la retención de boletas de honorarios aumentó de 14,5% a 15,25%, conforme al calendario progresivo establecido por la Ley N°21.133, promulgada en 2019. El incremento continuará de forma gradual hasta alcanzar el 17% en 2028.
Este ajuste busca acercar la protección previsional de los trabajadores independientes a la de los trabajadores dependientes, dándoles acceso a coberturas como asignaciones familiares, seguro social, protección frente a accidentes laborales y pensiones. Pero también tiene un efecto directo: reduce el ingreso líquido de quienes emiten boletas de honorarios.
Para las empresas, esto es relevante en dos frentes: al proyectar el costo real de contratar servicios a honorarios, y al comunicar este cambio a proveedores independientes que trabajan de forma recurrente con la organización.
A partir del 2 de enero de 2026, marketplaces, proveedores de medios de pago electrónicos, bancos, municipios, gobiernos regionales y organismos del Estado deben exigir la acreditación del Inicio de Actividades ante el SII para permitir la prestación de servicios, ventas o intermediación con terceros.
Esta medida refuerza la formalización de quienes operan comercialmente en Chile, y tiene un impacto directo en empresas que trabajan con proveedores independientes, distribuidores pequeños o que venden a través de plataformas digitales. Si tu empresa opera con una red de proveedores o vendedores que no están formalizados ante el SII, este es el momento de revisar esa situación antes de que se convierta en un obstáculo operativo.
Uno de los cambios más relevantes para empresas con operación logística es la Resolución Exenta N°154 del SII, que exige nuevos datos obligatorios en las guías de despacho electrónicas: identificación del origen y destino efectivo del traslado, individualización del chofer y el vehículo, y clasificación del tipo de operación.
Originalmente, esta norma debía entrar en vigencia el 1 de mayo de 2026. Sin embargo, mediante la Resolución Exenta N°52, el SII postergó su aplicación hasta el 1 de noviembre de 2026, otorgando seis meses adicionales para que las empresas, sus equipos de TI y sus proveedores de software adapten sistemas y procesos. La prórroga responde a la complejidad técnica de los cambios requeridos en la estructura de los documentos tributarios electrónicos, que deben ajustarse al nuevo Anexo Técnico v2.5.
Es importante notar que, aunque la fecha límite se movió, el SII ya habilitó ambientes de prueba y emisión, y permite a las empresas implementar los cambios de forma voluntaria antes del plazo obligatorio. Para empresas con flota propia o que trabajan con operadores logísticos, esta no es una normativa menor: el incumplimiento puede derivar en sanciones según el artículo 97 del Código Tributario.
La prórroga de la Resolución N°154 no es una invitación a postergar la preparación. Seis meses pueden parecer suficientes, pero la adaptación involucra a varias áreas de la empresa simultáneamente. Una hoja de ruta razonable incluye:
Ninguno de estos pasos requiere una transformación completa de la operación, pero sí anticipación. Las empresas que abordan estos cambios con varios meses de margen los resuelven como un ajuste ordenado; las que esperan hasta el último trimestre del año, los enfrentan como una crisis evitable.
Los cambios tributarios de 2026 comparten un mismo hilo conductor: más formalización, más trazabilidad y más exigencia de información digital hacia el SII. Ninguno de estos ajustes es menor, pero todos son manejables si tu empresa se anticipa en lugar de reaccionar cuando la fecha límite ya está encima. Contar con un sistema de gestión que se actualice junto con las exigencias normativas hace la diferencia entre un cierre de año ordenado y uno con sobresaltos evitables.
¿Cuánto sube la retención de boletas de honorarios en 2026? Sube de 14,5% a 15,25% desde el 1 de enero de 2026, según el calendario progresivo de la Ley N°21.133. El porcentaje seguirá aumentando hasta llegar a 17% en 2028.
¿Qué empresas deben preocuparse por la acreditación de inicio de actividades? Principalmente aquellas que trabajan con proveedores independientes, distribuidores pequeños o venden a través de marketplaces y plataformas de pago electrónico, ya que desde enero de 2026 estos actores deben exigir la acreditación ante el SII para permitir la operación.
¿Cuándo entra en vigencia la Resolución N°154 sobre guías de despacho? Su entrada en vigencia obligatoria fue postergada del 1 de mayo al 1 de noviembre de 2026, mediante la Resolución Exenta N°52 del SII. Las empresas pueden implementar los cambios de forma voluntaria antes de esa fecha.
¿Qué pasa si mi empresa no cumple con los nuevos requisitos de guías de despacho a tiempo? El incumplimiento puede generar sanciones según el artículo 97 del Código Tributario. Por eso el SII recomienda no esperar hasta el límite de la prórroga y comenzar la adaptación de sistemas con anticipación.
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